Registro de Municipal de Maleteros
Ordenanza 2040/05
La creciente actividad de personas dedicadas al servicio de maleteros en la Terminal de Omnibus, implicó el estudio y desarrollo, en el Honorable Consejo Deliberante, de una reglamentación que orientara y ordenara el desenvolvimiento normal de su desarrollo. Durante el mes de Diciembre del año 2005, se sancionó la Ordenanza 2040/05 que entre otras pautas fijaba la obligatoriedad de inscribirse en el Registro habilitado a tal efecto, para lo cual era necesario ser mayor de 18 años, residente en el partido de Villa Gesell, poseer 4 años de antiguedad comprobables a través del Documento de Identidad, presentar certificado de antecedentes y haber completado el Curso de Capacitación Histórico Turístico dictado por la Secretaría de Turismo y Cultura de la Municipalidad de Villa Gesell.
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